domingo, 25 de enero de 2009

CORTE


1 Objetivo

Establecer condiciones de seguridad e higiene en el centro de trabajo para prevenir riesgos de trabajo a las personas potencialmente expuestas durante las actividades de soldadura y corte.

2 Campo de aplicación

Esta Norma rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo donde se realicen actividades de soldadura y corte.




a) Accidente de trabajo: es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste para esta norma el accidente de trayecto no tiene efecto;
b) Actividades de soldadura y corte: son todos aquellos procesos y procedimientos que se desarrollan de manera permanente, provisional o en caso de mantenimiento a nivel de piso, altura, sótano, espacio confinado o en recipientes que contengan o hayan contenido residuos inflamables o explosivos para que el trabajador realice la unión, separación o perforación de metales;
c) Análisis de riesgo potencial: es la determinación de los actos o condiciones inseguras en: el equipo, materiales base, de aporte, gases combustibles que se emplean para soldar o cortar, áreas de trabajo, tiempo de exposición, equipo de protección personal y concentración de contaminantes, o la falta de capacitación del soldador que conducen a accidentes o enfermedades de trabajo durante la actividad de soldadura o corte, y que conlleven a causar daños a la salud y vida de trabajadores, a terceros o bien al centro de trabajo;
d) Área de trabajo: es el lugar específico en donde se llevan a cabo las actividades de soldadura y corte;
e) Atmósfera explosiva: es la concentración ambiental de las sustancias químicas peligrosas, que se encuentra entre los límites inferior y superior de inflamabilidad;
f) Atmósfera no respirable: es el medio ambiente laboral con deficiencia o exceso de oxígeno, esto es, con menos de 19.5% o más del 23.5% de oxígeno en la atmósfera del ambiente laboral;
g) Autoridad del trabajo; autoridad laboral: son las unidades administrativas competentes de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que realicen funciones de inspección en materia de seguridad e higiene en el trabajo, y las correspondientes de las entidades federativas y del Distrito Federal, que actúen en auxilio de aquéllas;
h) Autorización: es el acto mediante el cual el patrón, o una persona designada por éste, permite por escrito que un trabajador capacitado realice trabajos de soldadura y corte, en un área no designada específicamente para la realización de estas actividades;
i) Careta de protección: es el equipo de protección personal usado en las actividades de soldadura o corte, que sirve para proteger los ojos, la cara y el cuello del trabajador contra la radiación ultravioleta, infrarroja y visible, y de quemaduras por salpicaduras de cualquier material que sea expulsado al soldar o cortar;
j) Caseta de soldar: es un recinto destinado para realizar actividades de soldadura y corte, que permite proteger a terceros de quemaduras y radiación;
k) Cilindro: es un contenedor portátil cilíndrico que se usa para transportar y almacenar gases comprimidos utilizados en las actividades de soldadura y corte;
l) Corte: es la actividad por medio de la cual se separa un material metálico, al fundir un área específica, por medio del calor del arco que se establece entre el electrodo y el material base, o por la reacción química del oxígeno y el gas combustible con el metal base;
m) Enfermedad del trabajo: es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. Serán consideradas, en todo caso, enfermedades de trabajo, las consignadas en la Tabla del artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo;
n) Escoria: es un material sólido no metálico proveniente del revestimiento del electrodo o de algún material extraño, que queda atrapado en el metal de la soldadura o entre éste y el metal base, al momento de soldar o cortar por cualquier proceso de soldadura;
o) Espacio confinado: es un lugar lo suficientemente amplio, con ventilación natural deficiente, configurado de tal manera que una persona puede en su interior desempeñar una tarea asignada, que tiene medios limitados o restringidos para su acceso o salida, que no está diseñado para ser ocupado por una persona en forma continua y en el cual se realizan trabajos específicos ocasionalmente;
p) Fuente de ignición: es cualquier chispa, escoria o material con características tales que puedan, en combinación con cantidades adecuadas de comburente o combustible, ser factor de riesgo de incendio o explosión;
q) Gases combustibles: son gases que generalmente en combinación con el oxígeno, son usados para el proceso de soldadura o corte. Algunos de ellos son: el acetileno, el gas natural, el hidrógeno, el propano, el propadieno-metilacetileno estabilizado, y otros combustibles sintéticos e hidrocarburos;
r) Mampara: es un cancel o biombo portátil, que sirve para proteger de radiaciones, chispas o material incandescente a terceros, en las actividades de soldadura y corte;
s) Material base: es aquel material que va a ser soldado o cortado por cualquier proceso de soldadura o corte;
t) Material de consumo: son todos aquellos medios que se acoplan a los equipos de soldadura y corte y que sufren deterioro durante su uso, éstos pueden ser sopletes, mangueras, conectores, boquillas y unidad de alimentación de alambre, entre otras;
u) Material resistente al fuego: es todo aquel material que no es combustible y que sujeto a la acción del fuego, no arde ni genera humos o vapores tóxicos, ni falla mecánicamente por un período de al menos dos horas, según los esfuerzos a los que es sometido;
v) Radiación ultravioleta: es una forma de radiación electromagnética de longitud de onda más corta que la de la luz visible (desde de 1 nm hasta 400 nm), producida por las actividades de soldadura y corte, cuyo poder de penetración por un tiempo prolongado, ocasiona lesiones irreversibles a la retina y excita la producción de melanina protectora de las capas de la piel;
w) Riesgos de trabajo: son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo de su trabajo;
x) Soldadura: es la coalescencia localizada de metales, producida por el calentamiento de los materiales metálicos a una temperatura apropiada, con o sin aplicación de presión y con o sin empleo de material de aporte para la unión.

5 Obligaciones del patrón

5.1 Mostrar a la autoridad de trabajo, cuando ésta así lo solicite, los documentos que la presente Norma le obligue a elaborar o poseer.
5.2 Elaborar el análisis de riesgos potenciales para las actividades de soldadura y corte que se desarrollen en el centro de trabajo, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo 7.
5.3 Informar a través de carteles, folletos, guías y de forma verbal a los trabajadores que realicen actividades de soldadura y corte sobre los riesgos a los que se exponen al realizar esta actividad; en este caso debe darse la información por lo menos 2 veces al año y registrar en una bitácora nombre y, firma de los trabajadores que recibieron la información, así como; la fecha, tema y persona que proporcionó la información de los riesgos a la salud y a la vida de los trabajadores que desarrollan actividades de soldadura o corte.
5.4 Elaborar el programa para las actividades de soldadura y corte de conformidad con lo que se establece en el capítulo 9.1 de la presente Norma y adicionalmente para todas aquellas áreas de trabajo, espacios confinados, procesos (provisionales o en caso de mantenimiento) o recipientes donde existan polvos, gases o vapores inflamables o explosivos que representen peligro para los trabajadores debe contar con procedimientos y controles específicos indicados en 9. 2.
5.5 Elaborar los procedimientos de seguridad e higiene para que sean aplicados por los trabajadores que desarrollan actividades de soldadura y corte de conformidad con lo que se establece en el capítulo 10 de la presente Norma.
5.6 Capacitar y adiestrar al menos una vez por año a los trabajadores que desarrollan actividades de soldadura y corte y al supervisor que vigila la aplicación de los procedimientos de seguridad, tomando como base los procedimientos de seguridad e higiene incluidos en el programa de soldadura y corte a que se refiere el capítulo 9 de la presente norma.
5.7 Establecer controles específicos para las actividades de soldadura y corte que se realicen en recipientes, espacios confinados o subterráneos y en donde existan polvos, gases o vapores inflamables o explosivos que representen peligro para los trabajadores de conformidad con el capítulo 7; inciso h.
5.8 Autorizar por escrito a los trabajadores que realicen actividades de soldadura y corte en áreas de riesgo como: espacios confinados, alturas, sótanos, subterráneos, áreas controladas con presencia de sustancias inflamables o explosivas y aquéllas no designadas específicamente para estas actividades.
5.9 Supervisar que las actividades de soldadura y corte en lugares peligrosos (alturas, espacios confinados, sótanos, subterráneos, áreas controladas con presencia de sustancias inflamables o explosivas, otros) se realicen en condiciones de seguridad e higiene.
5.10 Contar con un procedimiento de rescate para alturas, sótanos, subterráneos, espacios confinados o en recipientes donde existan polvos, gases o vapores inflamables o explosivos de conformidad con el capítulo 11.
5.11 Asignar, capacitar y adiestrar al personal en los procedimientos de rescate, al menos una vez por año, de conformidad con el capítulo 11.
5.12 Contar con equipo y materiales de protección para realizar el rescate de los trabajadores accidentados en altura, subterráneos o espacios confinados.
5.13 Capacitar, adiestrar y autorizar a los trabajadores para dar el mantenimiento preventivo y, en su caso, correctivo; al equipo y maquinaria utilizada en las actividades de soldadura y corte del centro de trabajo.
5.14 Proporcionar a los trabajadores el equipo de protección personal de acuerdo al resultado del análisis de riesgos potenciales y debe incluir al menos el considerando el capítulo 8 inciso c, y capacitarlos sobre su uso, mantenimiento y reemplazo.
5.15 Someter a exámenes médicos específicos, a los trabajadores que realicen actividades de soldadura y corte según lo establecen las Normas Oficiales Mexicanas que al respecto emite la Secretaría de Salud. En caso de no existir normatividad de la Secretaría de Salud, el médico de la empresa determinará el contenido de los exámenes médicos que se realizarán, la periodicidad debe ser al menos, una vez cada doce meses y la vigilancia a la salud que se deba aplicar, mismos que quedarán asentados en el expediente médico que, para tal efecto, se tenga del trabajador.
5.16 Contar con los procedimientos que permitan brindar la atención médica a un posible accidentado durante las actividades de soldadura y corte. Cuando asigna personal para proporcionar los primeros auxilios, debe capacitarlo y adiestrarlo en esta materia; al menos una vez por año.
5.17 Contar con un botiquín de primeros auxilios, en el área donde se desarrollen actividades de soldadura y corte, en el que se deben incluir los materiales de curación que se requieran, de conformidad con el análisis de riesgos potenciales.
5.18 Cuando las actividades de soldadura y corte en el centro de trabajo sean realizadas por personal externo al mismo, el patrón de dicho centro de trabajo es responsable de vigilar que los trabajadores externos contratados para tal efecto cumplan con lo establecido en el capítulo 5 de la presente norma.

6 Obligaciones de los trabajadores

6.1 Participar en la capacitación proporcionada por el patrón.
6.2 Desarrollar sus actividades de acuerdo a los procedimientos contenidos en el programa específico de seguridad e higiene, y a las condiciones de seguridad e higiene establecidas en esta Norma.
6.3 Utilizar el equipo de protección personal de acuerdo a las instrucciones de uso y mantenimiento proporcionadas por el patrón.
6.4 Realizar las actividades de soldadura y corte si cuenta con la capacitación y, en su caso, con la autorización correspondiente.
6.5 Someterse a los exámenes médicos específicos que el patrón indique para valorar su estado de salud al menos cada 12 meses.

7 Análisis de riesgos potenciales

El análisis de riesgos potenciales debe contener al menos lo siguiente:

a) La identificación de los procesos y áreas de trabajo en donde se lleven a cabo las actividades de soldadura o corte;
b) La relación de los equipos, materiales base, de aporte, gases combustibles que se emplean para soldar o cortar;
c) La determinación de las condiciones peligrosas, incluyendo las emergencias que se puedan presentar en el equipo o maquinaria que se utilice (ejemplo: fuga de gases comprimidos en el procedimiento de soldadura y corte);
d) La determinación de los agentes químicos y físicos que se produzcan y que generen contaminación en el medio ambiente laboral;
e) El tipo de riesgo al que se enfrentan los trabajadores (directo o indirecto) y el tiempo de exposición;
f) Un listado de los daños a la salud con la relación causa efecto como consecuencia de la exposición: por humos, vapores, radiaciones no ionizantes (infrarroja, ultravioleta y la luz brillante, entre otras), ruido, los choques eléctricos, cambios bruscos de temperatura, explosión o con atmósferas no respirables; ver ejemplo en la Guía de referencia I;
g) La identificación de las partes del cuerpo que requieren protección para evitar daños a la salud de los soldadores o cortadores;
h) Los medios de control para minimizar o eliminar el riesgo en:

1) El trabajador (equipo de protección personal que se requiere para controlar la exposición de los soldadores);
2) Las áreas de trabajo (ventilación natural o artificial por ejemplo extractores de aire) o la protección que se requiere para evitar daños a terceros o bien para controlar los conatos de incendio que puedan presentarse, controlar la presencia de agentes químicos y otros;
3) En caso de accidente, el listado del contenido mínimo del botiquín de primeros auxilios; equipos y materiales para aplicar los procedimientos de rescate en alturas, subterráneos o espacios confinados en caso de requerirse, conforme al capitulo 11.
i) El equipo de soldadura y corte;
j) La identificación de áreas con atmósferas no respirables;
k) Determinar la necesidad de aplicar procedimientos de rescate en: alturas, subterráneos o espacios confinados, conforme al capitulo 11.

8 Condiciones de seguridad e higiene durante las actividades de soldadura y corte

a) Contar con un extintor tipo ABC y capacidad necesaria, de acuerdo al análisis de riesgos potenciales, en un radio no mayor a 7 metros en el área donde se desarrollen las actividades de soldadura y corte;
b) Contar con casetas de soldar o con mamparas para delimitar las áreas en donde se realicen actividades de soldadura o corte;
c) Utilizar como equipo de protección personal conforme al proceso de soldadura o corte que se utiliza: caretas o lentes con sombra de soldador-, protección facial, capuchas (monjas), respirador para humos, peto (mandil), guantes para soldador, polainas, mangas y zapato de seguridad;
d) Revisar que estén en condiciones de funcionamiento los equipos y elementos de seguridad acoplados a los cilindros que contengan gases combustibles. Para tal efecto, los resultados de la revisión se deben registrar en con bitácora donde se precise: numero de serie, lote, marca y modelo de los equipos y elementos de acoplamiento, así como el estado que presentan en lo que se refiere a su hermeticidad y limpieza (libre de grasa);
e) Esta prohibido la utilización de reguladores de presión reconstruidos;
f) Aplicar los procedimientos de seguridad que incluyan las medidas necesarias para impedir daños al personal expuesto y las acciones que se deben aplicar antes, durante y después en los equipos o áreas donde se realizarán las actividades de soldadura y corte;
g) Colocar señales, avisos, candados o etiquetas de seguridad, de acuerdo a lo establecido en la NOM-026-STPS-1998 y en la NOM-004-STPS-1999 en las instalaciones eléctricas que proporcionen energía a los equipos de soldadura y corte, y restringir el paso a las áreas en las que se realizan las actividades de soldadura y corte;
h) Contar con ventilación natural o artificial antes y durante las actividades de soldadura y corte en las áreas de trabajo.

9 Requisitos del programa de actividades de soldadura y corte

9.1 El contenido del programa de actividades de soldadura y corte debe incluir:

a) Actividad de soldadura y corte (permanente o temporal);
b) Procedimiento de soldadura y corte;
c) Tipo de riesgo;
d) Procedimiento de seguridad;
e) Procedimiento de autorización y persona (s) que autoriza (n);
f) Fecha de autorización;
g) Duración o periodo;
h) Área de trabajo;
i) Designar al personal que supervisará al trabajador que realiza las actividades de soldadura y corte conforme a los procedimientos establecidos.

9.2 El contenido del programa de actividades de soldadura y corte en todas aquellas áreas de trabajo, espacios confinados, subterráneos, procesos (provisionales o en caso de mantenimiento) o recipientes donde existan polvos, gases o vapores inflamables o explosivos que representen peligro para los trabajadores incluirá los siguientes procedimientos y controles específicos:

a) Procedimiento para detectar atmósferas explosivas, irritantes o no respirables; cuando aplique;
b) Controles específicos para evitar atmósferas explosivas o no respirables;
c) Procedimiento de rescate.

10 Requisitos de los procedimientos de seguridad

Los procedimientos de seguridad deben incluir:
10.1 Actividades de soldadura y corte:

a) La descripción de las actividades a desarrollar;
b) Las instrucciones concretas sobre el trabajo conforme a la guía de referencia II o al procedimiento propio;
c) El número de trabajadores que se requieren para realizar los trabajos;
d) La identificación de aquellas actividades de soldadura y corte que se realicen en áreas, contenedores o recipientes espacios confinados donde existan polvos, líquidos, gases o vapores inflamables o explosivos que representen una condición de riesgo para los trabajadores;
e) Para los casos donde existan trabajos en alturas, subterráneos, sótanos y espacios confinados indicar los procedimientos de rescate conforme al capítulo 11.

10.2 En el equipo y maquinaria, según aplique:

a) Indicaciones para verificar que:

1. Las conexiones de mangueras no presenten fugas, los conectores no presenten corrosión y estén acoplados herméticamente;
2. Las conexiones eléctricas mantengan la continuidad y no presenten daños mecánicos en sus aislamientos y se encuentren en condiciones de uso;
3. El equipo o maquinaria esté conectado (a) al sistema de puesta a tierra general o a un sistema alterno que cumpla las especificaciones de la NOM-022-STPS-1999 y esté en condiciones de funcionamiento;
4. El voltaje de la línea de alimentación corresponda al requerido por la máquina de soldar.
b) El equipo que utiliza gases combustibles no presenta fugas;
c) Cuenta con el instructivo para el almacenamiento, uso y transporte de cilindros con gases combustibles en el interior y exterior de las instalaciones del centro de trabajo;
d) Cuenta con el instructivo para revisión y reemplazo de piezas de consumo de los equipos utilizados en el proceso de soldadura y corte. El mantenimiento correctivo del equipo lo debe realizar el personal capacitado y autorizado por el patrón;
e) Se establecen los procedimientos para el manejo y operación de cilindros, válvulas, reguladores, mangueras y sus conexiones, fuentes de alimentación eléctrica y operaciones o actividades de soldadura y corte en espacios confinados;
f) Se seleccionen las herramientas y el equipo de protección personal según sea el proceso de soldadura y maquinaria a utilizar;
g) Se realicen revisiones mensuales al equipo de soldadura y corte y determinar su funcionalidad o mantenimiento que corresponda.

10.3 En las áreas o instalaciones, según aplique:

a) La colocación de señales, avisos de seguridad o bien barreras de protección como: pantallas, casetas para soldar, candados, mamparas o cualquier otro dispositivo cuando se realizan actividades de soldadura y corte con objeto de delimitar o restringir el área de trabajo, según aplique;
b) La verificación del área de trabajo para que sea ventilada por medios naturales o artificiales y la no existencia de materiales combustibles en un radio no menor a 10 metros según la figura A.

10.4 En caso de fuga de gases combustibles; en el proceso de soldadura y corte se debe cumplir con lo siguiente:

a) Contar y utilizar el equipo de protección personal recomendado en el análisis de riesgos para esta emergencia;
b) Contar con las instrucciones concretas para controlar la fuga y aplicar el procedimiento de seguridad para controlar los riesgos;
c) Tener disponibles el equipo y materiales que se deben emplear para controlar la fuga;
d) El supervisor debe vigilar el contenedor dañado o averiado en la zona, hasta que se libere la presión del cilindro o se controle la situación, con el fin de asegurarse que no se produzca fuego o salga de control y notificará al proveedor de manera verbal y escrita sobre el estado actual e identificará el recipiente dañado.

10.5 Las actividades de soldadura y corte en espacios confinados y deben contener las indicaciones para que:

a) El supervisor evalué el interior del espacio confinado antes de entrar, durante y al terminar la realización de la actividad de soldadura y corte para verificar que la atmósfera cumpla con las condiciones siguientes: que el contenido de oxígeno en aire esté en el rango de 19.5% y 23.5%;
b) Posteriormente evalué la presencia de atmósferas explosivas a través de equipos de lectura directa;
c) Determine el tipo de sustancias químicas almacenadas y aplicar el procedimiento de descontaminación del espacio confinado;
d) El trabajador cuente con la autorización por escrito del patrón antes de ingresar al área;
e) El trabajador coloque tarjetas de seguridad que indiquen el bloqueo de energía de alimentación, maquinaria y equipo que se relacione con el recipiente y espacio confinado donde se hará la actividad de soldadura o corte;
f) Proceda a ventilar y efectuar los monitoreos con equipos de lectura directa para corroborar los niveles de concentración de oxígeno en aire y la ausencia de una atmósfera explosiva; en caso de no alcanzar los niveles de oxígeno establecidos en el inciso a se podrá utilizar el equipo de protección respiratoria con suministro de aire externo proveniente de un compresor o de un cilindro de aire respirable y;
g) Utilice equipos de extracción local para la eliminación de gases, vapores y humos peligrosos;
h) El responsable del mantenimiento comprobará que el sistema de ventilación artificial se encuentre en condiciones de funcionamiento y opere bajo un programa de mantenimiento;
i) Coloque fuera del espacio confinado los cilindros y las fuentes de poder;
j) Controle el tiempo de permanencia continua del trabajador dentro de un espacio confinado a una hora de trabajo continuo como máximo, con descansos mínimos 15 minutos fuera del espacio confinado;
k) Elimine o reduzca al mínimo las atmósferas explosivas en los espacio confinados que hayan contenido líquidos inflamables u otro tipo de combustibles, antes de proceder a soldar o cortar;
l) El supervisor vigile que se apliquen los procedimientos de seguridad establecidos desde el ingreso del trabajador hasta el término de la operación;
m) El soldador durante la operación utilice un arnés con una línea de vida, las cuerdas de la línea de vida deben ser resistentes a las sustancias químicas presentes y con longitud suficiente para poder maniobrar dentro del área y ser utilizada para rescatarlo, en caso de ser necesario;
n) Después de toda jornada de trabajo se debe realizar una limpieza e inspección para detectar y controlar los posibles riesgos.

10.6 El procedimiento de autorización para los trabajadores que realicen actividades de soldadura y corte

Este procedimiento debe contener como mínimo lo siguiente:

a) La autorización por escrito para realizar la actividad de soldadura y corte en alturas, sótanos y espacios confinados, áreas controladas con presencia de sustancias químicas o explosivas y aquéllas no designadas específicamente para estas actividades;
b) Dicha autorización debe incluir:
1. La descripción de la actividad, nombre y firma del trabajador que realizará la actividad, lugar en donde se realizará la actividad, hora y fecha programadas para el inicio y terminación de la actividad;
2. El nombre y firma del responsable del área o persona que autoriza en donde se realizará la actividad peligrosa, quien vigilará esta actividad, nombre y firma de enterado del responsable de mantenimiento, tipo de inspección y la indicación para anexar a la autorización el procedimiento de seguridad para realizar la actividad;
3. Las copias de la autorización para todos los que firman; donde la copia del trabajador se debe colocar en un lugar visible durante la realización del trabajo y la copia del responsable de la autorización la debe conservar el patrón, al menos, durante un año;
c) La verificación de que el personal asignado supervise que se cuenta con ventilación permanente o con extracción de gases y humos, ya sea natural o artificial, antes y durante la realización de las actividades de soldadura y corte;
d) El listado de las posibles condiciones peligrosas y las medidas de protección requeridas, equipo de protección personal a utilizar;
e) La obligación de realizar el monitoreo para detectar atmósferas explosivas, irritantes, tóxicas o deficientes de oxígeno.

11 Requisitos del procedimiento de rescate de un trabajador accidentado durante las actividades de soldadura y corte en: alturas, sótanos, subterráneos, espacios confinados o en recipientes donde existan polvos, gases o vapores inflamables o explosivos

El procedimiento de rescate de accidentados durante las actividades de soldadura y corte al menos, debe contener:

a) Listado del personal asignado;
b) Funciones y responsabilidades del personal asignado;
c) Las instrucciones concretas de cómo realizar el rescate;
d) Los equipos o aparatos necesarios para la ejecución del rescate;
e) Las técnicas para aplicar la reanimación cardio pulmonar (RCP); y
f) Un plan para la atención y traslado de las víctimas a lugares de atención médica, que indique:
1. Las instrucciones específicas colocadas en un lugar visible de qué hacer en caso de accidente;
2. Las acciones inmediatas que incluyan: la desconexión de la fuente de energía, la ventilación del área de trabajo por medios naturales o artificiales, las instrucciones para retirar al lesionado del peligro inmediato, la colocación de la víctima en un lugar seguro, la aplicación de los primeros auxilios o la instrucción para llamar a la persona idónea y pedir ayuda;
3. La forma en que se debe dar una respuesta secundaria, misma que describa la información que se debe proporcionar con relación al accidente, por ejemplo: si la víctima tuvo contacto con la energía eléctrica, si la causa fue por una descarga eléctrica o por una explosión de algún dispositivo eléctrico, o bien fue por deficiencia de oxígeno en espacios confinados u otros;
4. Los hospitales o unidades médicas más próximos para trasladar a la víctima para que reciba la atención médica; y
5. Números telefónicos para llamar en caso de emergencia.

12 Unidades de verificación

12.1 El patrón tendrá la opción de contratar una unidad de verificación acreditada y aprobada, en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento, para verificar el grado de cumplimiento de la presente Norma.
12.2 Las unidades de verificación contratadas a petición de parte deben verificar el grado de cumplimiento de acuerdo con lo establecido en el procedimiento de evaluación de la conformidad.
12.3 Los patrones que contraten unidades de verificación para los fines descritos en el apartado 12.1 de la presente Norma, deben solicitar a éstas al término de sus actuaciones, el correspondiente dictamen de verificación.
12.4 La vigencia del dictamen de verificación, cuando éste sea favorable, será de dos años, siempre y cuando no sean modificadas las condiciones que sirvieron para su emisión.

13 Procedimiento para la evaluación de la conformidad

13.1 Generalidades
Cuando el patrón solicite la evaluación de la conformidad de la presente Norma ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la autoridad laboral, el trámite de solicitud se debe presentar mediante escrito libre, el cual debe incluir los datos y documentos siguientes:
a) Nombre, denominación o razón social de quien o quienes soliciten la evaluación de la conformidad y de su representante legal, en su caso;
b) Domicilio para recibir notificaciones y nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas;
c) El escrito debe estar firmado por el interesado o su representante legal; y
d) El solicitante debe adjuntar a su escrito los documentos que acreditan su personalidad, así como los datos y documentos que sean requeridos en otros ordenamientos.

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